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FAQ’S - Fencrecer

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Preguntas frecuentes Fencrecer

 

  1. ¿Los aportes, hacen parte de mis ahorros?

Si, del total de la cuota permanente y sucesiva, el cincuenta por ciento (50%) se llevará a una cuenta de aporte social - pasivo social individual y el cincuenta por ciento (50%) a los ahorros permanentes, según se establece en el articulo 74 de los Estatutos.

  1. ¿Puedo retirar mis ahorros sin retirarme del Fondo?

En Fencrecer existen dos líneas de ahorro, el permanente el cual solo puede retirar hasta el momento en el que el asociado decida retirarse del Fondo. Y el voluntario, en donde el asociado puede retirarlo cada tres meses, siempre y cuando no esta respaldando alguna deuda.

  1. ¿Mis ahorros son garantía de mis créditos?

Si, los ahorros tanto permanentes como voluntarios, y aportes respaldan las deudas con Fencrecer.

  1. ¿Puedo cruzar mis ahorros con mis obligaciones?

Se debe tener en cuenta que, el reglamento de ahorros establece que el ahorro permanente se puede cruzar hasta el 40% y solo una vez al año, mientras que el voluntario, se puede cruzar cada tres meses con las obligaciones contraídas con Fencrecer.

  1. ¿Cómo puedo abrir un CDAT con Fencrecer?

Debe consignar los recursos en las cuentas recaudadoras del Fondo (descuento por nómina, autorización débito automático, botón de PSE, consignación y/o transferencia), respetando los topes máximos y mínimos establecido en la normatividad interna, enviando soporte del pago y el plazo deseado al correo administrativo@fencrecer.co para constituir el CDAT.

  1. ¿Puedo retirar el CDAT antes de su vencimiento?

Si, sin embargo, al retirar un CDAT anticipadamente no reconoce rendimientos.

 

  1. ¿Después de cuanto tiempo puedo solicitar un crédito?

El asociado podrá acceder a los servicios de crédito, después de realizar su primera cuota de aportes y podrá solicitar crédito por cualquier línea, a excepción de Vehículo y Vivienda.

  1. ¿Si estoy reportado, puedo solicitar créditos?

Cuando el asociado se encuentra reportado en centrales de riesgo, Fencrecer otorga crédito para compra de cartera en mora el cual ayuda a mejorar estos reportes, y con el paz y salvo de las obligaciones es posible tramitar la solicitud. En otros casos, analizando diferentes variables se solicitará una garantía en donde el asociado también podrá acceder a un crédito según su necesidad.

  1. ¿Puedo hacer abonos a mis créditos?

Si, el asociado podrá realizar abonos a sus obligaciones en cualquier momento a través de los canales de recaudo dispuestos por Fencrecer, y remitiendo soporte a administrativo@fencrecer.co, estos abonos no generan sanción y su abono se realiza a capital, en donde podrá disminuir el plazo o la cuota.

  1. ¿Cuántos créditos puedo solicitar en Fencrecer?

De acuerdo con el reglamento de crédito, Fencrecer permite dentro de las líneas de crédito tener multiplicidad, de forma que es posible tener varios créditos de la misma o diferentes líneas, siempre que cumpla con los requisitos y garantías solicitadas en cada solicitud.

  1. ¿Puedo hacer una simulación de la cuota para un crédito?

El asociado podrá simular cualquier línea de crédito que desee y establecer el plazo, ingresando a la zona virtual, en la opción SIMULADOR DE CRÉDITO.

 

  1. ¿Para que se utilizan los $3.000 adicionales a los ahorros?

Estatutariamente Fencrecer recauda un valor mensual fijo que alimenta el Fondo de Bienestar, el cual es utilizado para ayudar económicamente a los asociados y su grupo familiar básico registrado en circunstancias especiales tales como calamidades domésticas o situaciones de particular dificultad. En las cuales puede hacerse realidad la ayuda mutua

  1. ¿Después de cuánto tiempo puedo solicitar el auxilio?

El asociado podrá solicitar el auxilio, ya sea por educación, salud, fallecimiento o calamidad después de llevar seis (6) meses afiliados al Fondo.

  1. ¿Cuántas veces puedo solicitar el auxilio del fondo de bienestar?

El reglamento del Fondo de Bienestar establece que se puede solicitar el auxilio una (1) vez al año, ya sea por salud o educación, en casos de fallecimiento o calamidad cuando se presente la situación y si es necesario mas de una vez al año.

  1. ¿Cuánto tiempo se demora la aprobación de los auxilios?

El Comité de Bienestar, se reúne una vez al mes, al final de cada mes. Una vez se reúne el comité y aprueba la solicitud, se programa el desembolso dentro de los siguientes 5 días hábiles.

  1. ¿Fencrecer otorga una póliza de vida?

No, para los asociados que se encuentran por contrato a través de La Riviera y llevan mas de 4 meses laborando, se les ampara una póliza de vida que otorga la compañía.

 

  1. ¿Cómo puedo consultar mi estado de cuenta?

Ingresando a www.fencrecer.co en el botón de OFICINA VIRTUAL, ingresando usuario y contraseña definida por Fencrecer.

  1. ¿Qué hago sino tengo usuario ni contraseña?

Para consultar el estado de cuenta, Fencrecer ha definido una contraseña para cada asociado, el cual deberá solicitar al correo administrativo@fencrecer.co desde su correo registrado una vez sea enviada por parte de Fencrecer podrá cambiarla, y el usuario será el documento de identificación.

  1. ¿Cómo recupero mi contraseña si la olvide?

En caso de olvidar su contraseña, en caso de haber cambiado la definida que genera Fencrecer, deberá solicitar que sea reestablecida al correo administrativo@fencrecer.co 

  1. ¿Puedo descargar el certificado para declaración de renta?

No, por el momento Fencrecer no cuenta con esta opción, sin embargo, se genera a solicitud del asociado al correo administrativo@fencrecer.co

 

  1. ¿Puedo retirarme de la empresa patronal y seguir siendo asociado?

Si, es una opción establecida en los Estatutos, a través de solicitud escrita por el asociado donde indique su intención de continuar como asociado al Fondo de Empleados.

  1. ¿Puedo cruzar mis ahorros con la deuda y continuar afiliado al Fondo?

Solo el % definido en reglamento.

  1. ¿Cuánto tiempo demora el reintegro de mis ahorros después de retirarme del Fondo?

De acuerdo con nuestros Estatutos, en su artículo 87, (..) los asociados desvinculados por cualquier causa (..) tendrán derecho a que FENCRECER les devuelva el valor de los aportes sociales - pasivos sociales individuales y demás derechos económicos que existan a su favor, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud, previas las compensaciones y deducida su participación en las pérdidas si a ello hubiere lugar. (..)

  1. ¿Después de retirarme del Fondo puedo volver a vincularme?

De acuerdo con nuestros Estatutos, en su artículo 64, el asociado que se haya retirado voluntariamente de Fencrecer y solicite nuevamente su reingreso, deberá diligenciar el formulario de solicitud de asociación, después de tres (3) meses de su retiro y cumplir con los requisitos establecidos para vinculación de nuevos asociados.

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